← Volver al creador

Pagaré

Documento de deuda con vencimiento e intereses (si aplica).

¿Necesitas ayuda? Temis

Datos

Marca de agua
Incluye logo y link en el PDF. Pro puede quitarla.
Exportar
Vista previa en vivo abajo. Usa Vista previa (PDF) para abrir el PDF final en popup.
Firma
Verificando sesión…

Vista previa

Ajustada a 1 página
1/2

PAGARÉ A LA ORDEN

TÍTULO VALOR

Número: ______________________ (opcional)

Lugar y fecha de suscripción: , .

Lugar de pago: .

Fecha de vencimiento: .

Valor (capital): COP .

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

1) ACREEDOR / BENEFICIARIO: , identificado(a) con (el "ACREEDOR").

2) SUSCRIPTOR / DEUDOR: , identificado(a) con (el "SUSCRIPTOR").

II. PROMESA INCONDICIONAL DE PAGO

Por valor recibido, el SUSCRIPTOR suscribe el presente pagaré (el "PAGARÉ") y promete pagar de manera incondicional al ACREEDOR, o a su orden, la suma indicada como Valor (el "CAPITAL"), en una (1) sola cuota en la Fecha de Vencimiento señalada (la "FECHA DE VENCIMIENTO").

III. CLÁUSULAS

1. EXIGIBILIDAD Y FORMA DE PAGO. El CAPITAL será exigible en la FECHA DE VENCIMIENTO. El pago se efectuará en el LUGAR DE PAGO indicado o en el lugar que el ACREEDOR comunique por escrito. Salvo acuerdo distinto, el pago se realizará en dinero de curso legal y/o mediante transferencia al medio/cuenta informada por el ACREEDOR.

2. INTERESES (SI APLICA).

2.1. INTERESES CORRIENTES. No se causarán intereses corrientes.

2.2. INTERESES DE MORA. En caso de mora, se causarán intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida (y/o a la tasa válidamente pactada, si fuere procedente) sobre las sumas vencidas y no pagadas.

3. MORA. La falta de pago oportuno constituye mora sin necesidad de requerimiento.

4. GASTOS DE COBRO. Los gastos razonables de cobranza y, de ser el caso, agencias en derecho, costas y demás erogaciones en que deba incurrir el ACREEDOR para obtener el pago, serán asumidos por el SUSCRIPTOR conforme a la ley aplicable.

5. EXIGIBILIDAD ANTICIPADA. En caso de incumplimiento, el ACREEDOR podrá declarar exigible anticipadamente la totalidad del saldo adeudado.

6. NO NOVACIÓN. Los pagos parciales, prórrogas o tolerancias no constituyen novación, condonación ni renuncia, salvo pacto expreso y escrito.

7. NEGOCIACIÓN. El presente PAGARÉ, por ser a la orden, podrá ser negociado conforme a la normativa aplicable.

8. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este PAGARÉ se rige por la normativa aplicable en materia de títulos valores. Cualquier controversia será conocida por la autoridad competente, sin perjuicio de normas imperativas.

FIRMAS

Se firma en a los .

EL SUSCRIPTOR / DEUDOR

Nombre:

Documento:

Firma: ____________________________

EL ACREEDOR (para constancia)

Nombre:

Documento:

Firma: ____________________________

---

CLÁUSULAS GENERALES

1. NOTIFICACIONES. Las partes acuerdan que las notificaciones podrán enviarse a los correos electrónicos y direcciones indicadas en el documento.

2. PROTECCIÓN DE DATOS. Las partes autorizan el tratamiento de datos personales para la gestión y ejecución de este documento y el uso de la plataforma.

3. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este documento se regirá por las leyes de la República de Colombia. Cualquier controversia será sometida a los jueces competentes de Colombia, salvo acuerdo escrito distinto o norma imperativa.

Vista rápida (formato aproximado). Para versión final exacta, usa “Vista previa (PDF)”.
Consejo: siempre revisa requisitos y normativa aplicable. Si esto es urgente/serio, consulta a un abogado.