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Contrato de arrendamiento (comercial)

Plantilla profesional para local/oficina: uso permitido, canon y plazo.

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA USO COMERCIAL

En la ciudad de , a los , comparecen:

(i) , quien en adelante se denominará el "ARRENDADOR"; y

(ii) , quien en adelante se denominará el "ARRENDATARIO";

en conjunto, las "PARTES".

Las PARTES manifiestan que cuentan con capacidad legal para contratar y obligarse. En consecuencia, celebran el presente contrato de arrendamiento (el "CONTRATO"), el cual se regirá por las siguientes cláusulas y por la normativa aplicable.

I. DEFINICIONES

Para efectos del CONTRATO, los siguientes términos tendrán el significado indicado: (a) "INMUEBLE": el ubicado en ; (b) "USO AUTORIZADO": ; (c) "CANON": el valor mensual del arrendamiento; (d) "PLAZO": el término pactado en meses; y (e) "FECHA DE INICIO": .

II. DECLARACIONES

1. El ARRENDADOR declara, bajo su responsabilidad, que tiene la facultad para dar el INMUEBLE en arrendamiento y que lo entregará en condiciones adecuadas para el USO AUTORIZADO.

2. El ARRENDATARIO declara que ha revisado el INMUEBLE (o ha tenido oportunidad razonable de hacerlo) y que lo recibe para destinarlo exclusivamente al USO AUTORIZADO, asumiendo las cargas propias de su operación.

III. CLÁUSULAS

1. OBJETO Y DESTINACIÓN. El ARRENDADOR da en arrendamiento al ARRENDATARIO el INMUEBLE, y el ARRENDATARIO lo recibe, para destinarlo única y exclusivamente al USO AUTORIZADO. Cualquier cambio de destinación requerirá autorización previa y escrita del ARRENDADOR.

2. ENTREGA Y ESTADO. La entrega del INMUEBLE se entenderá realizada en la FECHA DE INICIO, con sus llaves y elementos de acceso. Las PARTES podrán dejar constancia del estado del INMUEBLE mediante acta o inventario.

3. PLAZO. El PLAZO será de meses, contados a partir de la FECHA DE INICIO. Cualquier prórroga, renovación o modificación deberá constar por escrito.

4. CANON Y FORMA DE PAGO. El CANON será de COP mensuales, pagaderos por períodos mensuales anticipados. Salvo pacto distinto, el pago se realizará dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, por el medio acordado por las PARTES. La mora generará los intereses o consecuencias permitidos por la ley aplicable.

5. SERVICIOS, EXPENSAS Y TRIBUTOS. Las PARTES definirán quién asume el pago de servicios públicos, administración, seguros, impuestos, tasas y demás expensas asociadas al INMUEBLE o a la actividad desarrollada. El ARRENDATARIO cumplirá las obligaciones que le correspondan por razón de su operación.

6. CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y PERMISOS. El ARRENDATARIO será responsable de obtener y mantener vigentes los permisos, licencias, registros y autorizaciones requeridos para el USO AUTORIZADO, así como de cumplir la normativa aplicable (incluyendo, cuando corresponda, propiedad horizontal, seguridad, sanitaria y ambiental).

7. OBRAS, ADECUACIONES Y AVISOS. Cualquier adecuación, obra, intervención, instalación o aviso exterior en el INMUEBLE requerirá autorización previa y escrita del ARRENDADOR y, cuando corresponda, licencias o permisos de la autoridad competente. Salvo acuerdo distinto, las mejoras no separables quedarán en beneficio del INMUEBLE sin obligación de reembolso.

8. CESIÓN Y SUBARRIENDO. El ARRENDATARIO no podrá ceder el CONTRATO ni subarrendar, total o parcialmente, el INMUEBLE sin autorización previa y escrita del ARRENDADOR.

9. CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIONES. El ARRENDATARIO se obliga a conservar el INMUEBLE en buen estado y a responder por los daños atribuibles a su culpa o la de sus dependientes, clientes o visitantes. Las reparaciones locativas y el mantenimiento ordinario estarán a cargo del ARRENDATARIO; las reparaciones necesarias no imputables a su uso corresponderán al ARRENDADOR, salvo pacto escrito distinto.

10. INSPECCIÓN Y ACCESO. El ARRENDATARIO permitirá inspecciones razonables del INMUEBLE, con aviso previo y en horarios adecuados, procurando no interferir indebidamente con su operación.

11. RESTITUCIÓN. A la terminación del CONTRATO, el ARRENDATARIO restituirá el INMUEBLE con sus llaves y elementos recibidos, en condiciones similares a las de entrega, salvo el desgaste normal por uso adecuado. Asimismo, retirará sus bienes, avisos e instalaciones separables, dejando el INMUEBLE en estado ordenado.

12. INCUMPLIMIENTO Y TERMINACIÓN. El incumplimiento de las obligaciones aquí pactadas dará lugar a los remedios previstos en el CONTRATO y en la ley aplicable, incluyendo la terminación y el cobro de las sumas a que haya lugar.

13. NOTIFICACIONES Y LEY APLICABLE. Salvo acuerdo distinto, las comunicaciones relacionadas con el CONTRATO se realizarán por escrito a los datos de contacto que suministren las PARTES. El CONTRATO se interpretará conforme a la normativa aplicable y, cuando corresponda, a las leyes de la República de Colombia.

FIRMAS

En constancia, se firma en a los .

EL ARRENDADOR

Nombre:

Firma: ____________________________

EL ARRENDATARIO

Nombre:

Firma: ____________________________

---

CLÁUSULAS GENERALES

1. NOTIFICACIONES. Las partes acuerdan que las notificaciones podrán enviarse a los correos electrónicos y direcciones indicadas en el documento.

2. PROTECCIÓN DE DATOS. Las partes autorizan el tratamiento de datos personales para la gestión y ejecución de este documento y el uso de la plataforma.

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Consejo: siempre revisa requisitos y normativa aplicable. Si esto es urgente/serio, consulta a un abogado.