Acuerdo de convivencia de pareja
Acuerdos prácticos de convivencia: gastos, reglas del hogar, bienes y salida.
Datos
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ACUERDO DE CONVIVENCIA DE PAREJA
En la ciudad de , a los , comparecen:
(i) , mayor de edad, quien en adelante se denominará la "PARTE A"; y
(ii) , mayor de edad, quien en adelante se denominará la "PARTE B";
conjuntamente, las "PARTES".
Las PARTES declaran que actúan de manera libre y voluntaria, que cuentan con capacidad legal para obligarse y que desean dejar por escrito acuerdos prácticos de convivencia. En tal virtud, suscriben el presente acuerdo de convivencia (el "ACUERDO"), el cual se regirá por las cláusulas que siguen.
I. DEFINICIONES
Para efectos del ACUERDO, los siguientes términos tendrán el significado indicado:
1. "HOGAR": el lugar de residencia común de las PARTES, cuando se establezca.
2. "GASTOS COMUNES": gastos ordinarios asociados al HOGAR y a la vida en común (por ejemplo, arriendo/hipoteca, administración, servicios, alimentación, transporte u otros) según lo pactado por las PARTES.
3. "BIENES": bienes de propiedad individual o común, e inventarios o aportes en especie que las PARTES decidan relacionar por escrito.
II. DECLARACIONES
1. ALCANCE. El ACUERDO fija reglas internas y criterios de organización entre las PARTES. Salvo estipulación expresa, no pretende constituir asesoría individual ni sustituye los requisitos o efectos que establezca la ley aplicable.
2. BUENA FE. Las PARTES se obligan a actuar con buena fe, respeto y cooperación razonable para el cumplimiento de lo aquí pactado.
III. CLÁUSULAS
1. OBJETO. Establecer reglas de convivencia y criterios sobre aportes, GASTOS COMUNES y manejo básico de BIENES durante la vida en común.
2. IDENTIFICACIÓN. Para todos los efectos del ACUERDO, "PARTE A" corresponde a y "PARTE B" corresponde a .
3. HOGAR. Las PARTES no fijan una dirección común en este ACUERDO.
4. APORTES, GASTOS Y FORMA DE PAGO. Las PARTES acuerdan lo siguiente respecto de GASTOS COMUNES, aportes, responsables, periodicidad y forma de pago (se recomienda detallar montos, fechas de corte y soportes):
5. REGLAS DEL HOGAR. No se pactan reglas adicionales por escrito.
6. BIENES / INVENTARIO Y ADMINISTRACIÓN. No se deja constancia de inventario o acuerdos adicionales sobre BIENES.
8. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Las PARTES procurarán resolver de manera directa cualquier diferencia relacionada con el ACUERDO. De persistir, podrán acudir a conciliación ante un centro de conciliación competente, sin perjuicio de los derechos que les asistan.
9. MODIFICACIONES. Cualquier modificación o adición al ACUERDO deberá constar por escrito y estar firmada por ambas PARTES.
10. EJEMPLARES. El ACUERDO se firma en dos (2) ejemplares del mismo tenor.
IV. FIRMAS
En constancia, se firma en a los .
PARTE A
Nombre e identificación:
Firma: ____________________________
PARTE B
Nombre e identificación:
Firma: ____________________________
TESTIGO (OPCIONAL)
Nombre e identificación: ____________________________
Firma: ____________________________
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